¿Cuál es la diferencia entre una escritura y un contrato de compraventa?
En resumen: El contrato de compraventa formaliza el acuerdo entre las partes, pero no transfiere la propiedad. La escritura pública es el documento redactado ante notario que, tras su inscripción en el Registro de la Propiedad, transfiere legalmente el inmueble a nombre del comprador.
¿Qué es el contrato de compraventa?
El contrato de compraventa (o promesa de compraventa) es el primer documento que firman el comprador y el vendedor. En él se consignan el importe acordado, la forma de pago, los plazos y las condiciones de la transacción. Se trata de un compromiso bilateral: ambas partes se obligan a cumplir lo acordado.
Importante: el contrato de compraventa no transfiere la propiedad del inmueble. Puedes tener un contrato firmado y aún no ser el propietario legal.
¿Qué es la escritura pública?
La escritura pública de compraventa es un documento redactado por un notario. Formaliza la transferencia de la propiedad de forma pública y con fe notarial. Para inmuebles cuyo valor supere los 30 salarios mínimos, la escritura pública es obligatoria por ley (art. 108 del Código Civil).
Pero atención: la escritura por sí sola tampoco te convierte en propietario. El paso final es la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad. Solo tras la inscripción, el inmueble pasa legalmente a tu nombre.
Pasos a seguir para la transferencia de la propiedad
- Negociación y firma del contrato de compraventa
- Pago del anticipo (arras), si así se ha acordado
- Redacción de la escritura pública ante notario
- Pago del ITBI en el ayuntamiento
- Inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad
- Emisión del nuevo certificado de inscripción a tu nombre: ya eres el propietario
Ejemplo práctico en Florianópolis
Un comprador firma en enero un contrato de compraventa de un piso en Trindade y paga un 20 % de señal. La escritura se formaliza en marzo, tras la aprobación de la financiación. La inscripción se realiza en abril. A partir de la inscripción, el inmueble figura en el registro a nombre del comprador, y los alquileres (si hay inquilino) pasan a pertenecerle a él.
¿Y en el caso de la financiación bancaria?
Cuando hay financiación, el banco exige que se inscriba el contrato de financiación junto con la escritura. El inmueble queda pignorado a favor del banco hasta la liquidación de la financiación, lo que queda registrado en el registro de la propiedad como pignoración fiduciaria.
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